Viernes 8 de febrero de 2019
P: Me he encontrado con muchas personas cristianas que intentan presentar un caso contra la oración pública y/o corporativa basadas en Mateo 6:6 que dice: “Pero tú, cuando ores, entra en tu aposento, y con la puerta cerrada ora a tu Padre que está en secreto; y tu Padre que ve en lo secreto te recompensará en público.”
R: Este es un principio general que alguien ha intentado incorrectamente convertirlo en una regla legalista. De otra manera, ¿cómo podría uno tener una imposición de manos para la curación (Santiago 5:16) o dos o tres poniéndose de acuerdo en algo en oración (Mateo 18:19), o en las ceremonias de dedicación? Jesús estaba predicando contra los fariseos que pronunciaban largas y apasionadas oraciones públicas con el único propósito de mostrar su “piedad”. Hay momentos en que la oración pública no sólo es permitida sino que es preferible.